Resumen del RD 365/1995: Situaciones Administrativas y su Análisis Junto al TREBEP
Introducción
El Real Decreto 365/1995 establece las bases para las situaciones administrativas de los funcionarios públicos en España. En este artículo, vamos a delve en las distintas situaciones administrativas y su relación con el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Empleados Públicos (TREBEP). Este contenido es esencial para aquellos que preparan oposiciones como Auxiliar Administrativo del Estado o Administrativo del Estado.
Resumen Real Decreto 365/95 Situaciones Administrativas
1. Introducción al RD 365/1995
– Objetivo del Real Decreto.
– Importancia para la administración pública.
2. Situaciones Administrativas
– Definición y Clasificación
– Servicio Activo.
– Suspensión de funciones.
– Excedencias.
– Derechos y Deberes en Cada Situación
3. Análisis Comparativo con el TREBEP
– Artículos relevantes del TREBEP.
– Diferencias y similitudes.
4. Implicaciones Prácticas para el Funcionariado
– Cómo afecta a la gestión de personal.
– Importancia para los aspirantes a oposiciones.
5. Conclusiones y Recomendaciones
– Resumen de puntos clave.
– Recursos adicionales para el estudio.
1. Introducción al RD 365/1995
El Real Decreto 365/1995, de 24 de marzo, regula las situaciones administrativas, son las diferentes etapas que los funcionarios atraviesan durante su vida administrativa (cambios, hijos menores, problemas disciplinarios, supresión de ministerios, etc)
2. Situaciones Administrativas
Definición y Clasificación
Las situaciones administrativas son los diferentes estados en que puede encontrarse un funcionario. Se clasifican en:
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Excedencia voluntaria por interés particular:
- Los funcionarios con al menos 5 años de servicios efectivos pueden solicitar la excedencia voluntaria por interés particular.
- Durante esta excedencia, no perciben retribuciones ni computan el tiempo en la situación administrativa para ascensos, trienios ni derechos pasivos.
- Se requiere que las necesidades del servicio lo permitan y tiene una duración mínima de dos años.
-
Excedencia voluntaria por agrupación familiar:
- Se concede cuando el funcionario desea unirse con su cónyuge, que reside en otra localidad por haber obtenido y estar desempeñando un puesto de trabajo fijo como funcionario o en el sector público.
- Se debe mantener 2 años.
- No es necesario cumplir con el requisito de años de servicio.
- No se perciben retribuciones ni computa a efectos de antigüedad.
-
Excedencia voluntaria para el cuidado de hijos:
- Se concede para el cuidado de cada hijo, natural o adoptado, o en casos de acogimiento permanente o preadoptivo, tanto administrativo como judicial.
- Esta excedencia puede durar hasta tres años desde el nacimiento o desde la resolución judicial o administrativa de adopción o acogimiento.
- Durante los 2 primeros años, se reserva el puesto de trabajo y el tiempo se computa a efectos de antigüedad. En los dos años siguientes, no se perciben retribuciones ni se reserva el puesto, aunque sí se tiene derecho a uno de igual nivel y retribución.
-
Excedencia voluntaria para el cuidado de familiares:
- Se concede para cuidar a un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad que, por razones de edad, accidente, enfermedad o discapacidad, no pueda valerse por sí mismo.
- Puede tener una duración máxima de tres años.
- Similares condiciones a la anterior
-
Excedencia por prestación de servicios en el sector público:
- Se concede cuando el funcionario pasa a prestar servicios en organismos o entidades del sector público, después de un proceso selectivo.
- No computa a efectos de ascensos ni antigüedad, y no se perciben retribuciones.
-
Excedencia forzosa:
- Se produce cuando el funcionario pierde su puesto de trabajo por reestructuración de servicios, supresión del puesto o cuando no se ha solicitado reingreso en plazo tras finalizar la situación de servicios especiales.
- En esta situación, el funcionario debe solicitar el reingreso en cuanto exista vacante adecuada.
Derechos y Deberes en Cada Situación
Cada situación tiene derechos y deberes específicos:
– En servicio activo, se tienen plenos derechos y obligaciones.
– En suspensión, los derechos se limitan, pero se mantiene la obligación de respetar la normativa.
– En excedencia, se suspenden las obligaciones laborales, pero se tiene derecho a la reserva del puesto.
3. Análisis Comparativo con el TREBEP
El TREBEP complementa lo establecido en el RD 365/1995, proporcionando un marco más amplio sobre la relación laboral de los funcionarios.
1. Servicio Activo
- El empleado público está prestando funciones en su puesto de trabajo correspondiente a su cuerpo, escala o categoría.
- Se computa para la antigüedad, trienios, ascensos y derechos pasivos.
2. Servicios Especiales
- Situación en la que el funcionario se encuentra cuando desempeña determinados cargos o actividades especiales, como:
- Miembros del Gobierno o de las Comunidades Autónomas.
- Cargos electivos o de designación política.
- Personal al servicio de instituciones internacionales o de carácter supranacional.
- Derechos: Reserva del puesto de trabajo, computo para trienios, ascensos y derechos pasivos.
3. Excedencia
a) Excedencia voluntaria por interés particular
- Requiere 5 años de servicios efectivos.
- No percibe retribuciones ni computa para derechos pasivos.
b) Excedencia voluntaria por agrupación familiar
- Se concede para acompañar al cónyuge que reside en otra localidad.
- No se perciben retribuciones ni computa para derechos pasivos.
c) Excedencia por cuidado de hijos
- Hasta 3 años para cuidar a un hijo.
- Dos años con reserva de puesto y computable para antigüedad.
d) Excedencia por cuidado de familiares
- Hasta 3 años para cuidar a un familiar (2º grado de consanguinidad o afinidad).
- Dos años con reserva de puesto y computable para antigüedad.
e) Excedencia por violencia de género
- Sin límite de tiempo para garantizar la protección de la víctima.
- Reserva de puesto durante los primeros 6 meses, prorrogables.
4. Servicios en otras Administraciones Públicas
- Se aplica cuando un funcionario toma un puesto en otra Administración Pública diferente a la suya de origen.
- Derechos: Reserva del puesto de trabajo y cómputo a efectos de antigüedad, trienios y derechos pasivos.
5. Suspensión de funciones
- Suspensión provisional: Durante la tramitación de un expediente disciplinario o proceso penal.
- Suspensión firme: Impuesta como sanción por resolución firme.
- Consecuencias: El funcionario pierde su puesto y las retribuciones durante el tiempo de suspensión, pero puede recuperarlo al finalizar la sanción si no excede de seis meses.
4. Implicaciones Prácticas para el Funcionariado
Para los aspirantes a oposiciones en Gestión de la Administración Civil del Estado, es crucial comprender estas normativas. Conocer las situaciones administrativas permite una mejor preparación para las pruebas de acceso.
5. Conclusiones y Recomendaciones
En resumen, el RD 365/1995 y el TREBEP son esenciales para entender el funcionamiento de la administración pública. Para una preparación eficaz, te recomendamos recursos de opoadmins, la mejor academia online de oposiciones, que ofrece materiales actualizados y apoyo personalizado.
Recursos Adicionales
– Manuales de estudio sobre RD 365/1995.
– Cursos de preparación para Administrativo del Estado.
Este análisis y resumen debe servir como base para un estudio detallado y organizado, optimizando tu preparación para las oposiciones.